CAPÍTULO 42 – MATAR SALTAMONTES POR UN PEREGRINO EN IHRĀM


1853 – Según el reporte de Abū Huraira, que Allah esté complacido con él, el Profeta ﷺ dijo: “La langosta se considera pesca marina.”
EXPLICACIÓN
En su cadena de narración aparece Maymūn bin Jaban, y los hadices que narra no pueden ser considerados como evidencia. La caza prohibida al peregrino es la caza terrestre, no la marina. Sin embargo, aquí la langosta se considera del tipo de pesca marina.




1854 – Narró Abū Huraira, que Allah esté complacido con él:
dijo:
Encontramos una bandada de langostas, y uno de nosotros, estando en el estado de ihram, golpeaba a las langostas con su azote. Se le dijo a ese hombre: “Lo que estás haciendo no es correcto”. Luego, este hombre se lo contó al Profeta ﷺ. Entonces, el Profeta ﷺ dijo: “En verdad, la langosta es del género de los peces marinos”.
Abū Dāwud dijo: El narrador, Abū Muḥāzzim, es débil (tanto en esta como en la hadiz anterior), y ambas hadices son defectuosas.

Ka'b, que Allah esté complacido con él, relató:
"La langosta se considera de la caza marina."

