SECCIÓN TALAK · 45 – AQUELLOS QUE AFIRMAN QUE LA MUJER CUMPLE SU SOLICITUD DE VIOLENCIA EN EL SUELO





2301 – Ibn ‘Abbás dijo: El versículo “…si salen, no tenéis culpa alguna en que hagan lo que les convenga con respecto a sí mismas” abrogó el versículo que ordenaba a la mujer cuyo esposo ha fallecido pasar su ‘iddah en casa de los familiares de su esposo (Al-Baqarah 2/240). Por lo tanto, una mujer cuyo esposo ha muerto puede esperar su ‘iddah donde ella desee. (El versículo abrogado) es la palabra de Allah, el Sublime, “(sin salir)” (Al-Baqarah 2/240). La primera parte del versículo ha sido abrogada por la última parte.
‘Atá también dijo: Esta mujer puede completar su ‘iddah en casa de los familiares de su esposo o residir en la casa que su esposo haya dispuesto en su testamento. O, si lo desea, puede salir de la casa de su esposo en virtud del versículo “Si salen, no tenéis culpa alguna en que hagan lo que les convenga con respecto a sí mismas” y esperar su ‘iddah donde ella desee.
‘Atá continuó diciendo: Luego descendió el versículo sobre la herencia, y la residencia (‘sukna) fue abrogada. Por lo tanto, una mujer puede esperar su ‘iddah donde ella desee. [234]

