SECCIÓN AYUNO · 41 – LA SITUACIÓN DE ALGUIEN QUE MUERE DEBIENDO UNA DEUDA DE AYUNO



2400 – Se ha transmitido de A’isha (que Allah esté complacido con ella):
El Mensajero de Allah (la paz y las bendiciones sean sobre él) dijo: “Quien muere con una deuda de ayuno, su wali la cumple”.
Abû Dâwud dijo: "Este ayuno se refiere al voto [nezr] y es la opinión de Ahmed bin Hanbal". [295]
EXPLICACIÓN
El wali no expía el ayuno pendiente del fallecido. Esta es también la opinión del Imam al-A’zam, al-Shafi’i e Imam al-Mâlik.
Ahmed bin Hanbal ha dicho que si la deuda es un voto [nezr], su wali puede cumplirla en su lugar. Ninguno de estos cuatro mujtahids considera que el wali pueda expiar una deuda de ayunos obligatorios; para cada día se debe dar una compensación por ayuno (fidyah).



2401 – Narró Ibn ‘Abbás, que Allah esté complacido con él:
“Si una persona enferma durante el Ramadán y luego fallece sin poder ayunar, se le paga la fidyá por sus ayunos. No tiene obligación de compensarlos. Si tenía un voto, su tutor lo cumple.”
NOTAS EXPLICATIVAS
En una copia aparece (lem yesum) en lugar de (lem yesıhha), y “ve in nezera kaza anhü veliyyihû”, mientras que en otra dice “ve in nezere nezran kaza anhü veliyyühü”. En la nueva copia se dice que no ayuna por la fidyá que paga, mientras que en otra se indica si no recupera la salud. En una de las copias se afirma que su tutor cumple su voto, mientras que en otra se dice: si hace un voto, su tutor lo cumple.

