SECCIÓN DE ARRENDAMIENTOS · 47 – Hadices que prohíben la venta por parte de un ciudadano en lugar del campesino.


3439 – Narrado por ‘Abdullah ibn ‘Abbâs, que Allah esté complacido con él:
El Mensajero de Allah, ﷺ, prohibió al habitante de la ciudad vender en nombre de alguien que vive en el desierto (en una aldea).
Yo, Tavus, le pregunté a Ibn ‘Abbâs: ¿Qué significa decir que el habitante de la ciudad no debe vender en nombre del beduino?
Él respondió: Que no actúe como su comisionista. [242]
EXPLICACIÓN
El campesino trae mercancías a la ciudad. El habitante de la ciudad dice: "Ahora el mercado está barato, déjame esta mercancía, cuando el mercado suba te la venderé". Retiene la mercancía, y esta transacción está prohibida, porque existe la posibilidad de que el campesino sea engañado. Luego, cuando el campesino trae su mercancía, es preferible que se venda ese mismo día para facilitar el comercio. Guardar esa mercancía conduce a la especulación (ihtikâr).
Según los Hanafíes: Es permisible que un residente venda en nombre de un extranjero.
Según los Malikíes: Esta transacción es considerada inválida. (Avn-ul-Ma’bud, Maallim-üs-Sünen, Bez-ül-Mechûd)





Anas ibn Malik, que Allah esté complacido con él, narró:
El Mensajero de Allah, ﷺ, dijo: “Que el beduino sedentario no venda la propiedad del beduino nómada, aunque sea su hermano o su padre.”
Abū Dāwūd dijo: Oí a Hafs ibn ‘Umar decir:
– Me informó Abū Hilāl, quien dijo: Muhammad me informó. Y él narró de Anas ibn Malik.
Anas, que Allah esté complacido con él, dijo:
– Se decía que no se vendiera en nombre del beduino para el beduino. Pero esa palabra es una palabra que significa que él no puede vender nada por su cuenta ni comprar nada.” [243]




3441 – Sâlim el-Mekkî -que Allah esté complacido con él- relató: Un beduino le trajo una noticia. En la época de la prosperidad, un beduino trajo una camella lactante. Visitó a Talha bin Ubaydullah.
Talha le dijo:
– El Mensajero de Allah -la paz y las bendiciones sean con él- prohibió al habitante de la ciudad vender la propiedad del beduino por su cuenta. Pero ve al mercado, y si alguien quiere comerciar contigo, consulta conmigo. Te diré (según la situación) si vendes o no tu mercancía.


3442 – Narrado por Câbir (que Allah esté complacido con él):
El Mensajero de Allah (la paz y las bendiciones sean sobre él) dijo:
“Que el habitante de la ciudad no venda los bienes del que reside en la badiyah (en el desierto, o en el campo),
dejad a la gente en su estado, pues Allah provee a algunos por medio de otros.” [244]
**EXPLICACIÓN:**
La prohibición de que un habitante de la ciudad venda los bienes del que reside en el campo y en el desierto es para prevenir la escasez en el mercado. Porque si el ciudadano le dice al campesino: “Déjame tus bienes, cuando los precios suban, te los venderé”, entonces los bienes del campesino quedarán retenidos, lo cual constituye una especie de acaparamiento (ihtikar). Y si estos bienes se venden después, el ciudadano colocará una comisión sobre ellos, ya sea aumentando el precio del bien o tomando una comisión de la madre del bien, perjudicando así al verdadero propietario o comprador.
Mujahid dice: “No hay inconveniente en que un nativo venda los bienes de un extranjero.”
Hasan al-Basri dice: “No puede venderlos.” Otros eruditos dicen: “Es makruh (desaconsejado).”
(Meallim-üs-Sünen)

