SECCIÓN DE ARRENDAMIENTO · 59 – NO ES TRANSFERIBLE


3468 – Abû Saîd al-Hudrî, que Allah esté complacido con él, narró: El Mensajero de Allah, ﷺ, dijo:
“Si alguien compra una mercancía a través de un acuerdo de entrega (salâm), no debe intercambiarla por otra.” [260]
EXPLICACIÓN
No es permisible que alguien venda o cambie algo que ha comprado con salâm, recibiendo el pago por adelantado para la entrega de una tonelada de manzanas en agosto, antes de recibir dichas manzanas. Esta es la opinión del Imán al-A’zam. (Bezl-ül-Mechud, vol. 15, p. 146)





3469 – Narrado por Abû Sa’id al-Hudrî, que Allah esté complacido con él:
En la época de prosperidad, los frutos que un hombre había adquirido fueron destruidos por una calamidad. La deuda del hombre se incrementó.
El Mensajero de Allah, ﷺ, ordenó: “Ayúdenlo”. La gente le ayudaron. Pero esta ayuda no fue suficiente para pagar su deuda.
Entonces el Mensajero de Allah, ﷺ, dijo a los acreedores: “Tomen lo que encuentren [hasta que esté en sus manos], pues solo tienen derecho a tomar lo que les sea posible”. [261]
EXPLICACIÓN
Una vez que una fruta llega a ser apta para ser consumida, se vende aún en el árbol. Si el comprador sufre una calamidad antes de recogerla, la pérdida es del comprador. Esta es la opinión de Abû Hanîfa y al-Shafi’i, que Allah los honre.
Los bienes de un individuo en quiebra se distribuyen a sus acreedores proporcionalmente a sus créditos. El resto de la deuda se pospone hasta el tiempo de la posibilidad [de pago].



3470 – Narrado por Câbir bin Abdullah, que Allah esté complacido con él:
El Profeta ﷺ dijo: “Si vendes a un hermano en la fe (una palmera) y le daña una calamidad a la misma (palmera), de modo que no puedes entregarle la fruta, no te es lícito tomar nada de ese hermano en la fe. ¿Con qué injusticia vas a recibir el dinero de tu hermano?” [262]

