SECCIÓN DE ARRENDAMIENTO · 80 – Quien encuentra un bien perteneciente a otra persona, lo adquiere.


3531 – Narrado por Semura bin Cündub (que Allah esté complacido con él):
El Profeta ﷺ dijo: “Quien encuentre la copia exacta de su bien en posesión de alguien, tiene derecho a reclamarlo. Quien lo compra del ladrón, recupera su dinero del vendedor.” [295]
EXPLICACIÓN
Si los bienes de una persona son robados o arrebatados por la fuerza y el ladrón o quien los arrebata los vende a otra persona, el dueño del bien tiene derecho a reclamar sus bienes. Y aquel que compró estos bienes recupera su dinero del ladrón y vendedor.

